Ayer, día 22 de diciembre, todo el país estaba pendiente de los números del sorteo de la lotería de Navidad. Debemos considerar que, en caso de haber resultado ganadores, debemos ser precavidos si compartimos el premio con otra persona.
¿Cómo se debe cobrar el premio si es a repartir?
En cuanto al aspecto fiscal, los primeros 40.000 están exentos de impuestos y el resto tributa al 20%. De esta manera, el primer premio, con 400.000 euros al décimo, queda en 328.000 después de impuestos. El segunda pasa de 125.000 a 108.000 netos, y el tercero, de 50.000 a 48.000. No debemos preocuparnos porque no se declaran en la renta. Al cobrar, ya abonan la cantidad en neto.
El hándicap sucede cuando una persona cobra el premio y lo reparte después. Sería un grave error ya que pasa a considerarse una donación, por lo que tributa hasta el último céntimo. Por ello, lo mejor es que en el momento que vayan a cobrar el premio, se debe avisar que es a repartir, entre cuantos, o en qué porcentaje ya que la tributación es al décimo, no a la persona…cada uno pagaría la parte proporcional.
¿Qué pasaría en el caso de que alguien se apropiase del premio?
Son casos aislados, sin embargo, alguna vez se ha dado esta situación. Para corroborar la participación y evitar este tipo de sucesos, se debe presentar una fotocopia en la que conste quién tiene el décimo, identificándose con DNI, y con quién lo juega especificando la cantidad que aportan cada una de las partes. Esta era la manera tradicional de hacerlo.
No obstante, hoy en día mediante un WhatsApp con los datos, el justificante del pago por Bizum o cualquier prueba que demuestre que el décimo era compartido es más que suficiente. Por el contrario, si el número se paga con efectivo, es más difícil de justificar. Por ello, es conveniente realizar un comprobante de pago por si la disputa llega a los tribunales.
En el caso en el que queramos hacer una inversión con el premio, deben declararse posibles rendimientos por inversiones, como por ejemplo los intereses bancarios. Esta es una alternativa óptima para hacer frente a la inflación y a la pérdida del poder adquisitivo.