Seguramente, alguna vez hayas oído hablar del caso de una persona que mientras trabajaba, sufrió un accidente que, desafortunadamente, le haya invalidado de por vida para poder seguir desempeñando su labor. Antiguamente, a parte de no poder trabajar, sentenciaría a esta persona a no cobrar ninguna indemnización.
A lo largo de los años, en España se han hecho múltiples reformas a favor de la del trabajador en caso de accidente, incapacidad o fallecimiento.
Hoy en día los seguros de vida son una manera de proteger el futuro de una persona y de sus familiares. De este modo, algunas empresas quieren ofrecer ese beneficio a sus trabajadores. Las pólizas colectivas no son obligatorias de forma general, sin embargo, para algunas profesiones, sí que son exigidas por convenio.
¿Y en qué consisten los seguros colectivos?
Pues, a diferencia de los individuales, los seguros colectivos son pagados por la empresa para proteger a sus trabajadores, siendo la compañía es considerada como tomador, mientras que cada uno de sus empleados será el asegurado, pudiendo beneficiarse los familiares de la persona asegurada, en determinados casos.
Dentro de los seguros colectivos podemos encontrarnos: de vida, accidentes, salud, jubilación y planes de previsión social.
En el caso del seguro de vida, si el asegurado fallece, los familiares serán beneficiados con un apoyo económico. Si sucede un accidente o se produce una incapacidad, quién cobrará el dinero será el trabajador. Así, si este ya no puede ejercer su profesión, y no puede llevar ingresos a su hogar, podrá contar con esta ayuda.
En principio, los seguros de vida colectivos no son obligatorios. Sin embargo, los diferentes convenios de trabajadores pueden exigirlos. Todos los sectores profesionales se encuentran vinculados y se rigen por un convenio colectivo, donde se señalan los derechos y obligaciones tanto de la empresa como de los empleados.
Es importante destacar varios tipos de seguros colectivos en función de la cantidad de trabajadores que la empresa va a asegurar.
- Los seguros nominados son similares a los individuales ya que están pensados para grupos menores de 50 empleados y se especificará el nombre, profesión y otros datos concretos de cada asegurado en particular, como un capital concreto.
- Los seguros innominados están señalados para grupos de empleados más grandes donde no son necesarios los datos personales del asegurado. Se indicará la actividad de cada trabajador dentro de la empresa y se firmará la cobertura por colectividad.
- Los seguros de convenio se dirigen a trabajadores con actividades profesionales más específicas. Sus características vienen señaladas por los convenios profesionales, donde se exigen unas características propias.
Desde luego, poder contar con una póliza de seguro de vida colectivo contratado por tu empresa es una gran ayuda, sin embargo, para estar completamente asegurado, un producto de vida individual podrá cubrir mejor los objetivos y necesidades de cada uno.