Cuando contratamos una hipoteca, nuestro banco es muy probable que nos pida que contratemos un seguro para ello, ya sea mediante e de Hogar o el famoso seguro de la hipoteca.
Tras pasar el periodo anterior a contratar la hipoteca, buscando el inmueble, solemos terminar negociando con el banco agotados mentalmente. Este hecho se resume en que las entidades bancarias pueden ejercer prácticas abusivas con nosotros e intentar vendernos un seguro de la hipoteca que no se adapta a nuestras necesidades.
Pero bien, ¿en qué consiste este tipo de seguro?
Se trata de un tipo de seguro de vida mediante el cual, la aseguradora, en caso de fallecimiento, cancela parcial o totalmente el capital de la hipoteca. Por este motivo, también se le suele llamar seguro de amortización. Este seguro nos asegura que, en caso de fallecer, nuestros herederos no tengan que cargar con la hipoteca contratada.
A fin de cuentas, este seguro no es obligatorio, aun así, la entidad financiera sí que nos exigirá contratar un seguro que cubra ciertos accidentes.
Muchas veces, estas entidades, intentan vincular la contratación de seguros a la concesión de hipotecas a través de técnicas abusivas de negociación.
Aquí es donde entramos nosotros, pues el banco, a pesar de negociar el préstamo, no obliga a contratar la póliza con ellos. Nosotros nos encargaremos de darte la mejor opción para ti, respetando tus derechos como cliente y acompañándote siempre en cualquier imprevisto que tengas.
Recuerda que Martin Brok siempre busca que estés Muy Bien