Nuestras mascotas son a día de hoy como un miembro más de nuestra familia, que conviven con nosotros en casa. Por ello, son consideradas como nuestra responsabilidad.
Tu mascota suele estár incluída en tu póliza de hogar, y sino lo esta puedes adquirir esta garantía de forma independiente. Esto ocurre porque algunas aseguradoras no quieren desfavorecer a aquellos clientes que no tienen un animal de compañía en casa.
Generalmente, los seguros para la vivienda que incluyen a las mascotas te protegen frente a la Responsabilidad Civil que supone ser el dueño de un animal. Se trata de la opción más económica, pero también la más básica, pues no incluye las coberturas que ayudan a reducir gastos imprevistos y a cuidar del animal.
Incluir a las mascotas en esta póliza suele ser gratuito. Sin embargo, has de tener en cuenta que el mero hecho de contratarla con Responsabilidad Civil no implica necesariamente la cobertura del animal. Para que conste, debe estar inscrito específicamente en el documento a la hora de formalizar el seguro.
La cobertura de Responsabilidad Civil se refiere a los daños materiales o personales que los miembros que habiten en la vivienda (o siniestros en ella ocurridos) causen a terceras personas o a animales de compañía. Dentro de sus condiciones generales limitan la cobertura a perros, gatos, aves, roedores enjaulados, peces y tortugas, pero no incluyen a animales potencialmente peligrosos.
Por tanto, están excluidos los perros considerados peligrosos. Para ellos es obligatorio contratar un seguro específico de Responsabilidad Civil con una cobertura no inferior a los 120.000 euros. El motivo es que, debido a su naturaleza física, pueden potencialmente causar daño a las personas que se encuentran en su entorno.
Las ocho razas que no incluye el seguro de hogar en su cobertura de Responsabilidad Civil son: Rottweiler, Pit Bull Terrier, Saffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Fila Brasileño, Dogo Argentino, Akita Inu, Tosa Inu.
Además, la legislación exige a los dueños una licencia administrativa expedida por el municipio donde residan y cumplir ciertos requisitos, como apuntarle al registro de animales peligrosos del ayuntamiento de su localidad. Infórmate siempre acerca de las coberturas de tu seguro de hogar y pregunta por la posibilidad de incluir a tu mascota si no lo está por defecto.
La póliza multirriesgo de hogar no tiene que ser necesariamente más cara por incluir a nuestras mascotas, eso sí, subirá dependiendo de las coberturas que abarquemos, igual que influye el tipo de vivienda.
Sí lo que buscamos también es, además de estar cubiertos frente a cualquier incidencia, el bienestar de nuestro animal, es recomendable contratar un seguro de mascotas. Este producto los protege, dependiendo del tipo de seguro que le hagas, proporcionando los cuidados que necesitan, además de incluir gastos veterinarios y tu responsabilidad frente a terceras personas.
Normalmente las coberturas que puede ofrecer un seguro de mascotas son:
- Responsabilidad Civil y Defensa Jurídica: cubre las indemnizaciones a terceros por los daños que pueda originar tu peludo, gastos por juicios o de denuncias en los que estés implicado al ser el dueño de la mascota.
- Robo o pérdida del animal: garantiza una indemnización según los límites establecidos.
- Asistencia veterinaria por enfermedad o accidente: consultas, pruebas diagnósticas, análisis de laboratorio, intervenciones quirúrgicas, hospitalización, etc.
- Sacrificio y disposición del cuerpo: cubriría los gastos generados por sacrificar al animal y su incineración, generalmente por enfermedad, vejez o accidente.
¿Y si estoy de alquiler?
Existen distintas opciones en el caso de que no seas propietario de una vivienda y estés de alquiler, para proteger a tu mascota y tus bienes, o los del arrendador.
Lo primero que debes saber es que según reza en la Ley de Arrendamientos Urbanos, es el propietario del piso quien tiene la última palabra acerca de tener un animal en su vivienda. Además, ha de dejar constancia de su postura en el contrato de arrendamiento. En el caso de que el contrato no diga nada debes notificarlo y pedir permiso a los propietarios, para no tener problemas legales en el futuro.
Si vas a alquilar una vivienda, habla con el propietario para informarle de que tienes una mascota y comentar las opciones disponibles en vuestros seguros de hogar
De no hacerlo, si tu mascota causara molestias en la comunidad, te podrías ver en la calle, ya que según la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos), el arrendador tiene derecho a dar por finalizado el contrato de alquiler en algunos supuestos, como en el caso de que se produjeran molestias, actividades poco salubres o incluso peligrosas y/o ilegales en esa vivienda.
Para evitarte problemas futuros lo mejor es hablarlo siempre con antelación y revisar bien los contratos. Así sabrás qué coberturas tiene el piso o podrás negociar con el casero ciertos términos y condiciones en los que ambos podáis salir beneficiados.
Seguro de hogar y desperfectos de mascotas
Como es habitual que cuando sumamos una mascota a nuestra familia y hasta que se acostumbra a su nuevo hogar, a veces nos encontremos con algún que otro desaguisado, debemos estar prevenidos para que esta fase de adaptación no nos suponga ningún problema grave.
Para estos casos, tener un seguro de hogar con buenas coberturas es la mejor opción ya que si nuestro peludo causa algún desperfecto, puede que nuestro seguro contemple cubrir ese siniestro.
Tenemos varias opciones que considerar, dependiendo de cuál sea tu posición respecto a la vivienda:
- Que estés de alquiler y el propietario tenga un seguro de hogar que cubra el continente: las paredes, las molduras, los suelos, la pintura… Todo aquello que se considere elemento constructivo y estructural en la casa. En este caso, los daños sobre estos elementos quedarían cubiertos.
- Que tú como inquilino contrates una póliza de hogar, de modo que los posibles daños sobre los objetos como el mobiliario también queden cubiertos. Es interesante que esta póliza contemple también la garantía de Responsabilidad Civil. De esta forma los daños causados a terceros quedarían cubiertos.
- Que el arrendatario cuente con un seguro de inquilino que le permita contar con la cobertura de mascotas. Esto se puede hacer llegando a un acuerdo previo. Es recomendable porque ofrece garantías importantes como la recuperación de fianza o la defensa jurídica y cubre los gastos por daños (siempre dentro de los límites pactados en la póliza).
- Que contrates tu propio seguro de mascotas para estar protegido en caso de que exijan Responsabilidad Civil por los daños materiales o a terceros provocados por tu mascota.
¿El seguro de hogar cubre las mascotas?
Aunque los seguros de hogar tienen cada vez más coberturas, lo normal es que suelan limitarse a cubrir la Responsabilidad Civil de ciertas mascotas (no todas). Esto, como hemos visto, quiere decir que estarás protegido ante las acciones que tu peludo lleve a cabo y que puedan afectar a terceros, como que tu perro le estropee el césped a tu vecino si se cuela en su jardín.
Puedes solicitar como extra que tu seguro incluya esa Responsabilidad Civil por tenencia de mascotas si no lo incluye ya, pero si quieres proteger a tu mascota y no al resto de tu mascota, lo más aconsejable es que contrates un seguro para mascotas, que te brinda amplias coberturas relacionadas con tu animal de compañía.
Dependiendo del que elijas, puedes contar con asistencia veterinaria, indemnizaciones por robo o defensa jurídica si llegases a necesitarla por su culpa. Y los hay que te cubren los gastos que derivan del fallecimiento del animal, como la recogida de su cuerpo y posterior incineración.
Como siempre, es importante conocer bien las condiciones de tu seguro de hogar y de tu seguro de mascotas, para no duplicar coberturas y saber a qué atenerte en cualquier situación.